*Si lo encuentras más barato te abonamos la diferencia
La conocida como “Ley de la Segunda Oportunidad” ofrece una oportunidad a todas las personas endeudadas y que no pueden cumplir con sus compromisos de pago para que su deuda les quede perdonada, ya sea totalmente o en parte, o para que puedan negociar nuevas condiciones de pago en función de sus posibilidades.
Se trata de una legislación nueva que proviene del derecho europeo y que se implantó en el Estado Español en 2015. Hasta la fecha ha sido un procedimiento muy infrautilizado en comparación con otros países europeos, si bien gracias a ella se han obtenido grandes éxitos tanto para el perdón de la deuda como para la adecuación de las condiciones a posibilidades reales de pago.
Es un procedimiento legal, tutelado por un mediador concursal, un administrador concursal y finalmente un Juez, al final del cual se obtiene (siempre y cuando se cumpla con las condiciones legales previstas) el “perdón” de la deuda o la modificación de las condiciones.
En caso de no disponer de ingresos o bienes, o de que estos tengan un valor muy inferior a la deuda, se podrá optar por solicitar al Juez el perdón total de la deuda. En en caso de disponer de ingresos o bienes que no permitan pagar la totalidad o en los plazos pactados, se podrá intentar conseguir un acuerdo con los acreedores. En cualquier caso, tanto en un escenario como en otro, se podrá adecuar el acuerdo de pago a la situación real actual de ingresos.
Hay que aclarar que para conseguir el perdón total de la deuda es necesario que todos los bienes de la persona que lo solicita sean entregados para el pago de la misma.
El objetivo de la Ley, que proviene de una iniciativa europea, es que las personas que han tenido un problema financiero en su vida, pero que son personas trabajadoras, que conocen su oficio y que no han cometido delitos, no se queden fuera del sistema (sin pagar impuestos, ni contribuyendo con la sociedad), sino que tengan una forma de reintegrase y sigan con su actividad económica de forma legal y plena.
Insistimos en que se trata de un procedimiento totalmente legal y regulado y que termina con una resolución de un Juez, el cual acuerda “perdonar” la deuda si se cumplen los requisitos.
La conocida como “Ley de la Segunda Oportunidad” ofrece una oportunidad a todas las personas endeudadas y que no pueden cumplir con sus compromisos de pago para que su deuda les quede perdonada, ya sea totalmente o en parte, o para que puedan negociar nuevas condiciones de pago en función de sus posibilidades.
Se trata de una legislación nueva que proviene del derecho europeo y que se implantó en el Estado Español en 2015. Hasta la fecha ha sido un procedimiento muy infrautilizado en comparación con otros países europeos, si bien gracias a ella se han obtenido grandes éxitos tanto para el perdón de la deuda como para la adecuación de las condiciones a posibilidades reales de pago.
Es un procedimiento legal, tutelado por un mediador concursal, un administrador concursal y finalmente un Juez, al final del cual se obtiene (siempre y cuando se cumpla con las condiciones legales previstas) el “perdón” de la deuda o la modificación de las condiciones.
En caso de no disponer de ingresos o bienes, o de que estos tengan un valor muy inferior a la deuda, se podrá optar por solicitar al Juez el perdón total de la deuda. En en caso de disponer de ingresos o bienes que no permitan pagar la totalidad o en los plazos pactados, se podrá intentar conseguir un acuerdo con los acreedores. En cualquier caso, tanto en un escenario como en otro, se podrá adecuar el acuerdo de pago a la situación real actual de ingresos.
Hay que aclarar que para conseguir el perdón total de la deuda es necesario que todos los bienes de la persona que lo solicita sean entregados para el pago de la misma.
El objetivo de la Ley, que proviene de una iniciativa europea, es que las personas que han tenido un problema financiero en su vida, pero que son personas trabajadoras, que conocen su oficio y que no han cometido delitos, no se queden fuera del sistema (sin pagar impuestos, ni contribuyendo con la sociedad), sino que tengan una forma de reintegrase y sigan con su actividad económica de forma legal y plena.
Insistimos en que se trata de un procedimiento totalmente legal y regulado y que termina con una resolución de un Juez, el cual acuerda “perdonar” la deuda si se cumplen los requisitos.
Se trata de un proceso regulado de renegociación colectiva de la deuda, tutelado por profesionales especializados y finalizado por un Juez, que permite llegar a una solución acordada que resuelve los problemas económicos del deudor.
La Ley permite que todas las personas que han tenido un problema financiero, pero que no han cometido ningún delito, retomen tanto su actividad profesional como su normalidad en el ámbito personal y puedan por tanto, seguir con sus actividades habituales gracias a haber limpiado totalmente su expediente.
Somos un equipo multidisciplinar integrado por profesionales con largas trayectorias ayudando a empresas y particulares a superar dificultades financieras y económicas.
Además, contamos también con empresarios, autónomos y trabajadores que han pasado por situaciones profesionales complicadas y que aportan su experiencia para ayudar en las decisiones del día a día.
Al unir nuestra reputación y seriedad en el ámbito jurídico con nuestra experiencia personal, nos hemos convertido en tu opción más seria, fiable y profesional: entendemos los problemas que afrontas y sabemos cómo solucionarlos eficientemente.
Si tu problema son las deudas, nosotros somos tu solución
Hemos desarrollado una amplia capacidad para tratar todos tus problemas financieros, ya sean deudas con bancos, hipotecas, tarjetas de crédito, créditos al consumo, multas, préstamos personales, etc. Apoyándonos en la Ley de la Segunda Oportunidad vamos a conseguir que desaparezca tu deuda por completo o reducirla en gran parte.
A diferencia de otros, que te piden miles de euros por sus servicios, hemos ideado una forma sencilla y transparente de poner la Ley de la Segunda Oportunidad a tu servicio.
Si lo encuentras más barato, te devolvemos la diferencia.
Incluye todos los gastos del proceso.
En 24 cuotas mensuales, sin interés.
Si no conseguimos tus objetivos, te devolvemos el dinero.
Nuestros clientes
Se pueden acoger a esta ley todos los autónomos y particulares que, a causa de deudas a las que no pueden hacer frente, se encuentran en una situación de bloqueo económico. Con esta ley, se les permite tener una segunda oportunidad para empezar su vida sin todas o parte de esas cargas económicas. Para ello se tienen que cumplir unos requisitos básicos:
• Que las deudas estén por debajo de los 5 millones de euros
• Que no hayan sido declaradas en un concurso de acreedores o se hayan negociado un acuerdo extrajudicial de pagos en los últimos 5 años
• Que el deudor no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.
En principio esta ley aplica a cualquier deuda que hayas podido contraer debida a préstamos hipotecarios, préstamos bancarios, tarjetas de crédito, facturas (móvil, agua, gas, electricidad, etc…), deudas con particulares y cualquier otra. Las deudas que tienen que ver con impuestos, tales como deudas contraídas con Hacienda o la Seguridad Social se tramitan de forma distinta.
En Solución Money intentaremos llegar a un acuerdo con los acreedores, pidiendo una importante rebaja de la deuda y nuevos plazos para pagar en función de las circunstancias que tengas. Si tus acreedores no aceptan este acuerdo, entonces iniciaremos la fase llamada “de concurso”. Es decir, vamos a los tribunales para que un juez, una vez demostrado que no puedes hacer frente a tus deudas, declare la nulidad parcial o total de las mismas en cumplimiento de la Ley de Segunda Oportunidad.
No existen plazos fijos para este tipo de procedimientos. Depende mucho de cada caso y del volumen de trabajo que tenga el juzgado que lleve el asunto. La media actual se sitúa en torno a los 3 meses para la fase de negociación con los acreedores y de 6 a 12 meses la fase judicial. Pero no te preocupes, mientras dure el proceso tramitaremos una solicitud para que se detenga cualquier orden de embargo y se paralicen los intereses de tu deuda.
Tienes 3 vías para conseguir el certificado de antecedentes penales:
1. De manera presencial: En casi todas las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, puedes solicitarlo y te lo emiten en el momento o, como máximo, en un plazo de 3 a 10 días hábiles. Puedes encontrar la dirección de tu Gerencia Territorial más cercana en este listado. También en la Comunidad Autónoma de Madrid te pueden expedir este certificado en la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.
2. Por correo postal: aquí
3. Por internet: aquí
El valor catastral es un valor administrativo determinado objetivamente para cada bien inmueble a partir de los datos que existen en el catastro inmobiliario y que está integrado por el valor catastral del suelo y el valor catastral de las construcciones. Se trata de valoraciones que se calculan teniendo en cuenta tanto el valor del suelo de la zona en que se encuentra la vivienda como el valor de la construcción en concreto y también la superficie de la vivienda o su antigüedad. Aunque este valor aparece en los recibos del IBI de tu inmueble, también puedes obtener la información de las siguientes formas:
• En la Sede Electrónica del Catastro, en la que pueden realizarse consultas, obtener una certificación descriptiva y gráfica del inmueble, o utilizarse el servidor de mapas gestionado por la Dirección General del Catastro que proporciona información sobre la cartografía catastral.
• En las Gerencias del Catastro.
• En los Puntos de Información Catastral.
Es un documento que te emite el banco previa petición y que confirma que una cuenta está registrada a tu nombre. Actualmente casi todas las entidades bancarias te permiten solicitar estos certificados a través de sus plataformas web y aplicaciones para clientes. Si no las manejas, tendrás que hacerlo en tu sucursal bancaria.
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